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Titulaciones profesionales

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La formación de socorristas en España, así como la validez y efectos de las formaciones que imparten diferentes entidades, del mismo modo que la naturaleza y efectos de las licencias federativas, viene siendo objeto habitual de una recurrente controversia, que no hace sino introducir confusión, con demasiada frecuencia interesada. Desde este espacio, la FSSCLM pretende ofrecer la información necesaria para que socorristas y empleadores puedan disponer de los elementos de juicio más adecuados para valorar las distintas situaciones.

 

Actualmente en España, todas las titulaciones de socorrista acuático que se otorgan por diferentes entidades, responden al concepto de formaciones no regladas sin carácter oficial, no existiendo el Título Oficial de Socorrista Acuático.

La competencia de organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios corresponde a los poderes públicos, así como el establecimiento de las adecuadas limitaciones preventivas de carácter administrativo  en las actividades públicas y privadas que, directa o indirectamente, puedan tener consecuencias negativas para la salud.

En este sentido, con independencia de la entidad que otorgue las acreditaciones de socorrista acuático, la validez de la formación vendrá dada por su ajuste a los requerimientos que en cada caso establezcan los órganos competentes en materia de Salud Pública de cada Comunidad Autónoma, generalmente las respectivas Consejerías de Sanidad.

Del mismo modo, la validez internacional de las diferentes formaciones y titulaciones, dependerá de su ajuste al marco legal establecido al respecto en cada país, con independencia de la denominación o entidad emisora de la titulación.

VER NORMATIVA NACIONAL

 

Creado el 24/03/2010



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